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La primera condena a un ayuntamiento para que devuelva la plusvalía tras el fallo del TC

marzo 27, 2017 by admin

plusvalia

El pronunciamiento del Tribunal Constitucional contra algunos artículos de la plusvalía municipal de Guipúzcoa y de Álava ya empieza a tener sus efectos en los tribunales españoles. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Madrid ha condenado al Ayuntamiento madrileño de Torrelodones al pago de lo cobrado indebidamente a un contribuyente por la transmisión de varios inmuebles sin obtener una ganancia patrimonial.

En concreto, el Ayuntamiento de Torrelodones deberá devolver 9.200 euros a un contribuyente que transmitió varios inmuebles y en cuya operación no obtuvo una ganancia patrimonial. El Magistrado-Juez D. José Yusty Bastarreche basa su sentencia del pasado 3 de marzo en el dictamen del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucionales algunos artículos de la norma foral que regula el impuesto de la plusvalía municipal en Guipúzcoa.

Recordamos que el pasado 17 de febrero publicó esta sentencia contra algunos artículos de dicha norma foral, una ley que es igual a la estatal (Ley Reguladora de las Haciendas Locales), con lo que este pronunciamiento obligará a modificar la normativa nacional. De este modo, el Constitucional considera que cuando hay una caída del valor del suelo, no se genera el tributo ni obligación del contribuyente de pagar este impuesto por la transmisión de un inmueble.

Carlos Rivero, fundador del despacho Afeplus, espera que sea la primera de muchas sentencias que den la razón al contribuyente porque “es inadmisible que se cobre este impuesto cuando queda justificada la pérdida patrimonial”. En este sentido, estima que es muy importante aportar a la demanda contra el consistorio de turno un informe pericial para justificar la disminución del valor del suelo puesto de manifiesto con la transmisión del inmueble.

Además, añade que “los ayuntamientos a día de hoy siguen cobrando este impuesto, aun teniendo sobre la mesa la sentencia del Tribunal Constitucional, amparados en que la sentencia tiene efectos sobre la norma foral y no sobre la norma estatal”.

Pero antes hay que cambiar la norma estatal, es decir, la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, una competencia del Gobierno. Rivero también estima que la Dirección General del Catastro también tiene parte de responsabilidad, ya que “en algunos casos los valores catastrales de los inmuebles no cumplen con la Ley del Catastro Inmobiliario, lo que da como resultado una cuota final a pagar del impuesto desproporcionada, ya que se toma para calcular la base imponible del impuesto el valor del suelo que venga en el recibo del IBI del inmueble. Habría que revisar y actualizar las ponencias de valores de muchos municipios para ajustarlas a la realidad actual del mercado inmobiliario”.

Desde el despacho de abogados también consideran que los ayuntamientos también tienen parte de responsabilidad, ya que la gran mayoría aplica un tipo de gravamen de entre el 25 y el 30%, es decir, el más alto posible (el 15% es el mínimo y el 30% es el máximo).

Mientras las administraciones pertinentes cambian las leyes, los contribuyentes tendrán que seguir reclamando ante su Ayuntamiento lo cobrado de más primero en fase administrativa y posteriormente en fase judicial, tal y como recuerda Rivero.

Hacienda reformará la ley estatal

El Ministerio de Hacienda ya ha anunciado que modificará el Impuesto de Plusvalía Municipal para adaptar la norma estatal (la Ley Reguladora de Haciendas Locales) a la sentencia del Tribunal Constitucional.

Además, el Congreso de los Diputados ha aprobado la iniciativa de Ciudadanos para pedir la devolución de este impuesto cuando no ha habido ganancias con la transmisión. El portavoz de Hacienda del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, Francisco de la Torre, ha asegurado que con esta propuesta “se pretende cambiar la ley para que se deje de cobrar un impuesto que es confiscatorio e inconstitucional”.

“Además, queremos que se devuelva el dinero que nunca se debía haber cobrado a aquellos contribuyentes que perdieron dinero al vender un inmueble y que se arbitre un procedimiento para garantizar sus derechos para que no pasen un viacrucis, evitando así que los contribuyentes vayan masivamente a los tribunales”, ha explicado de la Torre.

FUENTE: www.idealista.com/news/finanzas/fiscalidad

Archivado en: Almería

José Miguel Clemente

"Empecé en la actividad de Gestoría Administrativa, y por inquietudes me formé como Experto Inmobiliario y Tasador Judicial, con el fin de poder atender todas las necesidades que nuestros clientes demandan."
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